Una votación de corrección de un vicio de procedimiento que devolvió la ley de internacionalización del Aeropuerto de Yopal a instancias de la Cámara de Representantes, se vota hoy como primer punto del orden del día en la plenaria de esta corporación en el Congreso de la República.
El vicio que encontró la Corte Constitucional fue un vicio de procedimiento en la votación de la plenaria de la Cámara de Representantes, no un problema con el contenido de la ley, por lo que la misma no estaría en peligro de que se hunda.
Concretamente, la Corte encontró tres problemas:
La ley fue aprobada mediante votación ordinaria, cuando la regla general para los proyectos de ley es la votación nominal y pública.
No quedó acreditada de manera expresa e inequívoca la unanimidad que permitía acudir excepcionalmente a la votación ordinaria. Incluso existía una solicitud de votación nominal y pública respecto de la cual no fue claro si fue retirada o no.
Las actas y certificaciones no permitían establecer con claridad cuántos representantes participaron en la votación ni cuántos votos fueron emitidos, impidiendo verificar adecuadamente el quórum decisorio y la mayoría requerida para aprobar la iniciativa.
En términos sencillos, la Corte no dijo que la Cámara votó en contra de la ley ni que la ley fuera inconveniente. Lo que dijo fue: «No tenemos certeza suficiente de que la votación se realizó conforme a las reglas constitucionales y reglamentarias, por lo que la Cámara debe volver a votar para corregir ese defecto.»
Por eso, la Corte concluyó que el vicio era subsanable y ordenó repetir la votación en la plenaria de la Cámara sobre la ponencia, el articulado, las proposiciones avaladas, el título y la aprobación integral del proyecto.
De hecho, un argumento fuerte para defender la ley es: «La Corte Constitucional no encontró un vicio material, de competencia, de unidad de materia, de impacto fiscal o de constitucionalidad sustancial. El único reparo formulado fue la necesidad de repetir una votación para garantizar plena certeza sobre el cumplimiento de las reglas democráticas del trámite legislativo.»
Eso ayuda a dejar claro que el debate no es sobre si Yopal puede o no tener operación internacional, sino sobre una formalidad del procedimiento legislativo.






