El gobierno nacional expidió el Decreto 1975, el 29 de octubre de 2019, por medio del cual se da vía libre a la implementación de plantas locales de autoconsumo.
La norma, que duró varios meses en consulta, permitirá que los municipios de categoría 5 y 6 implementen planta de beneficio animal categoría de autoconsumo para abastecer de carnes a la respectiva región en la cual se encuentre ubicada la planta de conformidad con los lineamientos que para el efecto expida el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
El Decreto establece, también, que los municipios de categoría 4 que demuestren dificultades en el abastecimiento de carne, de acuerdo con las condiciones sanitarias verificadas por parte del INVIMA, podrán solicitar ante este autoridad, la inclusión en la categoría de autoconsumo.
Una planta de beneficio animal de categoría de autoconsumo podrá distribuir la carne y productos cárnicos comestibles a otro u otros municipios por razones de abastecimiento, previa verificación de las condiciones sanitarias por parte del INVIMA, indica el nuevo Decreto.
Así mismo establece que las plantas de beneficio de categoría nacional podrán solicitar al INVIMA su reclasificación a plantan de autoconsumo.
El Decreto, en el Artículo 3, amplia en dos años el plazo para que las plantas de beneficio nacional obtengan el concepto sanitario de funcionamiento establecido en el Decreto 1.500 de 2007 y el Decreto 2270 de 2012.
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