Maní, Casanare. La Asociación de Trabajadores Calificados de Maní (ATC) llevó ante la justicia una controversia relacionada con la contratación de personal para operaciones de HOCOL S.A. y MAREN FOX S.A. en el Campo La Punta, al considerar que algunos perfiles laborales, el número de cuadrillas y la ausencia de suficientes relevos podrían afectar el acceso de la mano de obra local y generar riesgos de sobrecarga laboral.
La tutela, presentada por Ariel Fernando Higuera como representante de ATC, busca proteger los derechos al trabajo, la igualdad, la no discriminación y el mínimo vital. Entre sus principales reclamos está la exigencia de experiencia específica para el cargo de Supervisor HSE, que la Asociación considera una barrera para profesionales locales, así como el esquema de dos cuadrillas planteado para una operación continua de 24 horas.
HOCOL y MAREN FOX rechazaron las acusaciones. Las compañías sostienen que los requisitos del cargo HSE responden a condiciones técnicas y de seguridad, que las jornadas deberán ajustarse a la legislación laboral y que varias solicitudes de la comunidad fueron atendidas antes de la tutela, entre ellas la separación de cargos de Mecánico y Electricista y el reconocimiento de tiempo adicional por desplazamiento.

Cuestionamientos a la Alcaldía de Maní
Uno de los puntos que tomó fuerza en la impugnación es la actuación de la Alcaldía de Maní. ATC afirma que el 31 de julio radicó ante la administración municipal una objeción técnica alertando sobre las condiciones de las cuadrillas y que el tema volvió a ser expuesto durante una reunión realizada el 7 de agosto con presencia del alcalde.
Según la Asociación, la defensa jurídica del municipio sostuvo que la Alcaldía no tiene competencias de inspección y vigilancia laboral, funciones que corresponden al Ministerio del Trabajo. ATC cuestiona, sin embargo, que si la administración consideraba no tener competencia directa, debió trasladar oportunamente la alerta a la autoridad laboral competente. Esta es una afirmación de la Asociación que deberá ser valorada judicialmente.
Por su parte, dentro del trámite judicial la Alcaldía acreditó que cumplió la orden de divulgar la existencia de la tutela mediante su página institucional y redes sociales para que los postulantes pudieran intervenir en el proceso.
El Juzgado Promiscuo Municipal de Maní declaró improcedente la tutela en primera instancia, al considerar que la controversia requiere un debate técnico y probatorio más amplio y que no se acreditó un perjuicio irremediable. ATC impugnó la decisión y busca que el superior judicial revoque el fallo, ordene revisar la estructura de personal y garantice la publicación de las vacantes de relevo.
El caso deja abierto un debate local: hasta dónde llega la responsabilidad de las empresas en la contratación y protección de la mano de obra regional, y qué papel debe asumir la administración municipal cuando recibe advertencias laborales sobre proyectos petroleros que se desarrollan en su territorio.



