El Tribunal Administrativo de Casanare abrió un incidente de desacato contra el gobernador César Ortiz Zorro, al considerar que la administración departamental no habría cumplido plenamente las órdenes judiciales relacionadas con la construcción y terminación de la vía que comunica a los municipios de Nunchía y Támara.
La decisión, fechada el 24 de agosto de 2026, se produce dentro de una acción popular promovida por Norberto Martínez y tiene como antecedente una sentencia del Consejo de Estado del 26 de mayo de 2023, que estableció una ruta para diagnosticar, formular, financiar, contratar y ejecutar las obras necesarias en este corredor vial.
Según el Tribunal, los informes presentados por el Departamento de Casanare no han permitido establecer de manera clara, completa y verificable el estado real de cumplimiento de las órdenes. El despacho también señaló que no se habría conformado la mesa de trabajo entre la Gobernación y el Ministerio de Transporte ordenada por el Consejo de Estado.
La Gobernación informó que enfrenta dificultades financieras debido a una reducción del 35 % en recursos provenientes del Sistema General de Regalías y que desde 2021 viene solicitando financiación al Invías. En abril de 2026 planteó ejecutar la obra en dos tramos: desde el casco urbano de Nunchía hasta el río Pauto y desde allí hasta Támara, además de gestionar recursos para un puente en el kilómetro 13+170.
Sin embargo, el Tribunal indicó que el Departamento no respondió sobre la fase de formulación del proyecto ni sobre la identificación concreta de las fuentes de financiación.
Con la apertura del incidente, el gobernador tendrá tres días para presentar descargos y pruebas, y además fue requerido para que en un plazo de 10 días entregue un informe con los soportes de las actuaciones adelantadas para cumplir las decisiones judiciales.
El proceso deberá continuar y será el Tribunal el que determine si existió desacato y si hay lugar a alguna medida. El incumplimiento de órdenes en acciones populares puede generar multas de hasta 50 salarios mínimos mensuales y, en determinados casos, arresto de hasta seis meses.



