La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia ratificó de forma unánime la constitucionalidad de la Ley 2385 de 2024, también conocida como “No más Olé”, impulsada por la senadora Esmeralda Hernández. La norma prohíbe espectáculos tradicionales como corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas.

Con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, el alto tribunal también eliminó cualquier excepción que permitiera actividades como el coleo de toros, corralejas y peleas de gallos, interpretándolas como parte del mismo mandato de protección del bienestar animal.
El fallo no incluye las cabalgatas en las prácticas vetadas, aclarando que estas quedan excluidas de la prohibición. Además, la Corte dispuso que las restricciones entrarán en vigencia en 2028, después de un periodo de transición de tres años destinado a la reconversión laboral y cultural de los sectores afectados
La decisión fue celebrada por sectores animalistas y autoridades como el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal de Bogotá, que calificaron el fallo como una noticia histórica y un paso firme hacia el respeto por la vida no humana.
Con este respaldo jurídico, se afianza una transformación cultural en Colombia que busca promover nuevas formas de manifestación cultural y relacional con la naturaleza, al tiempo que protege los derechos de quienes dependen de estas prácticas tradicionales.
