ALCALDÍA RATIFICA MULTA, Y ORDEN DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDAD INMOBILIARIA Y DEMOLICIÓN, IMPUESTAS A FIRMA INDECO S.A.S., EN EL PREDIO «LA MANAREÑA»

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En una decisión que resolvió un recurso de apelación interpuesto por la firma INDECO S.A.S., la Alcaldía de Yopal ratificó el fallo de primera instancia proferido en mayo pasado por el Corregidor de El Charte, Cesar Julián Lugo Molina, en la cual imponía diversas sanciones al declarar infractora de normas urbanísticas a dicha entidad, que adelanta este tipo de actuaciones en el predio denominado «la Manareña», adyacente a la cárcel de La Guafilla.

Durante el proceso de infracción urbanística, dicha entidad es señalada como responsable de adelantar intervenciones urbanísticas sin contar con los permisos exigidos por la ley, para la ejecución de actividades como movimientos de tierra, apertura de vías y levantamiento de muros de concreto en un área protegida de bosque de sabana.

Según el proceso, el proyecto urbanístico en dicho predio, se adelantó sin la obtención de licencia de urbanismo vigente y se sitúa en una zona donde el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) prohíbe tajantemente este tipo de desarrollos.

El proceso de infracción urbanística, dio comienzo en octubre de 2025, y luego de sucesivas audiencias y solicitudes de información, culminó el 20 de mayo con una decisipon proferida por el Corregidor Lugo Molina, disponiendo la suspensión inmediata de todo tipo de activida urbanística, la imposición de una multa de $350 millones en contra de INDECO SAS, la demolición de cualquier estructura levantada en el sitio y la prohibición a empresas de servicios públicos de adelantar trabajos de instalación de servicios domiciliarios en el predio.

Ante la apelación de la entidad sancionada, que centró su defensa en los propósitos de productividad agrícola con los cuales se realizaron las intervenciones en el predio «la Manareña» y presuntas violaciones al debido proceso y exceso en la imposición de la sanción pecuniaria, la revisión encontró que los alcances de INDECO S.A.S. sí tenían propósitos urbanísticos que requieren licenciamientos y determinó que la imposición de multa sobre la entidad infractora estaba ajustada a las competencias y atribuciones del Corregidor.

En tal virtud, la decisión ratificó la multa, las decisiones de demolición y los demás articulados del fallo de mayo, y dispuso de plazos perentorios para la materialización del paquete sancionatorio.

Al respecto de la decisión, se conocieron reacciones del exalcalde de Yopal, J.J. Torres quien calificó la decisión tomada por el Alcalde como una muestra en contra de «10 mil familias» de la ciudad.

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(TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN)

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