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Alcaldía llama la atención a urbanizadores

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La Oficina Asesora de Planeación Municipal de Yopal, basados en el artículo 4 y 5 de la ley 2044 de 2020, los artículos 2.2.6.1.4.6, y 2.2.6.1.4.7 del decreto 1077 de 2015, invita a los urbanizadores, titulares de licencia, y/o quien haga sus veces, es decir que estén autorizados para urbanizar y que tengan interés en iniciar el trámite de legalización de zonas de cesión obligatoria, (zonas verdes, vías, parques, y espacios públicos libres) como contraprestación a la autorización para urbanizar o parcelar.

Lo anterior se hace necesario, con el fin de que aquellos bienes inmuebles ingresen al inventario inmobiliario municipal, e iniciar el programa de INCORPORACIÓN Y ENTREGA DE ÁREAS DE CESIÓN A FAVOR DEL MUNICIPIO, y hacer más expedito el trámite a los titulares de dichos inmuebles, para que se acerquen a nuestras oficinas, con el fin de que alleguen la documentación necesaria y se verifiquen requisitos para iniciar el trámite de entrega y protocolización de zonas de cesión obligatoria.

REQUISITOS DE ENTREGA:

1. Escritura pública de constitución de la urbanización en los términos señalados en el artículo 2.2.6.1.4.6. Del decreto 1077, incorporación de las áreas de cesión.

2. Copia de la licencia urbanística de urbanización con sus respectivos planos aprobados por la oficina asesora de planeación.

3. Plano Topográfico Geo referenciado, de las áreas de cesión.

4. Constancia de entrega y recibo de las obras de urbanismo firmadas por las empresas prestadoras de servicios públicos correspondientes.

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