El Ministerio de Relaciones Exteriores en nombre del Gobierno Nacional informa:
Que con el fin conjurar la calamidad pública que afecta al país por causa del COVID-19 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 417 de 2020 mediante el cual se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional.
Que, en el marco de este Decreto se expidió el Decreto 439 de 2020, como medida extraordinaria fundamentada en el deber de solidaridad social y la protección del interés general, el derecho a la salud y a la vida. Este Decreto suspende, de manera temporal por treinta días contados desde el 23 de marzo, el desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano, de pasajeros procedentes del exterior, por vía aérea.
Que, tal como se informó el día 26 de marzo de 2020, efectuado el monitoreo de la situación y teniendo en consideración los hechos nuevos y tendencias en la situación generada por la propagación del virus COVID-19, el Gobierno Nacional, con participación de todas las entidades competentes en esta materia, consideró necesario no autorizar, por el momento, salvo en circunstancias muy excepcionales el ingreso al territorio nacional de ningún pasajero proveniente del exterior, sin perjuicio de que esta situación sea evaluada constantemente por las autoridades nacionales conforme evolucione la situación sanitaria en el país.
Se reitera que el Gobierno Nacional está priorizando las gestiones para brindar asistencia a los nacionales colombianos que se encontraban en viajes temporales (de turismo o de negocios) en el exterior para que, a través de los consulados, les sea suministrada orientación y acompañamiento, sean diagnosticadas sus necesidades y se, hagan esfuerzos para movilizar recursos que permitan brindarles, en los casos comprobados de necesidad, soporte temporal para su subsistencia.