El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Yopal declaró la nulidad de la Resolución 1132 de 2023, con la que se pretendió beneficiar a 2.589 familias el último día del gobierno anterior. El fallo determinó usurpación de funciones al INDEV, serias fallas técnicas y compulsó copias a la Fiscalía, Procuraduría y Contraloría.
POR: REDACCIÓN JUDICIAL
Yopal, Casanare.
En una decisión de trascendencia jurídica y social para la capital casanareña, el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Yopal, bajo la ponencia del juez Mauricio Andrés Pérez Caballero, declaró la nulidad absoluta de la Resolución No. 1132 del 30 de diciembre de 2023. Con dicho acto administrativo, firmado el último día del periodo constitucional de la administración municipal saliente, se pretendió «localizar e identificar» a 2.589 beneficiarios de lotes con servicios dentro del polémico proyecto habitacional «Alameda Martha Mojica».
El fallo responde a la demanda de nulidad simple interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella Ballesteros contra el Municipio de Yopal y el Instituto de Vivienda, Gestión Urbana y Rural de Yopal (INDEV). Tras un riguroso análisis probatorio, la justicia administrativa concluyó que el exmandatario local incurrió en causal de nulidad por falta de competencia y expedición irregular de actos administrativos.
Usurpación de funciones e invención de competencias
Uno de los pilares de la sentencia radica en la vulneración de la autonomía del INDEV. La defensa del Municipio de Yopal argumentaba que el alcalde, como máxima autoridad, tenía la potestad de «reasumir» facultades delegadas en materia de vivienda. Sin embargo, el Despacho Judicial dejó en claro que la política pública de vivienda en Yopal fue descentralizada por el Concejo Municipal mediante los Acuerdos 033 de 2019 y 026 de 2021, radicando formalmente en el INDEV la potestad exclusiva de seleccionar y asignar los subsidios.
«El Alcalde de Yopal no ostenta frente al INDEV la condición de delegante respecto de las competencias que el Concejo Municipal le atribuyó directamente al establecimiento público», señala contundentemente la providencia. Por tanto, el exalcalde no podía desplazar unilateralmente al instituto descentralizado mediante una resolución de última hora.
Un proceso atropellado y «sobre el papel»
La sentencia puso al descubierto graves incoherencias procedimentales. Un día antes de que el exalcalde firmara la Resolución 1132, la Gerente del INDEV había expedido la Resolución 850 del 29 de diciembre de 2023, donde prorrogaba la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2024 debido a la falta de terrenos legalizados y trámites pendientes. Pese a esta prórroga oficial, la Alcaldía expidió apresuradamente la lista de beneficiarios, incluso mientras el INDEV aún resolvía objeciones de postulantes rechazados.
Adicionalmente, el juzgado resaltó que el proyecto «Alameda Martha Mojica» vendió falsas expectativas a la ciudadanía vulnerando el derecho a la vivienda digna. Al momento de proferirse el acto anulado, los predios «Los Manantiales» y «El Copey» ni siquiera pertenecían legalmente al INDEV, dado que el Concejo Municipal no autorizó su transferencia gratuita.
A esto se suman preocupantes trabas técnicas y ambientales: la zona no cuenta con un Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) no posee la capacidad requerida y la Aeronáutica Civil emitió un concepto técnico desfavorable debido a que la ubicación de la PTAR interfiere con las redes de radionavegación VOR-DME del aeropuerto El Alcaraván.
Compulsa de copias a los organismos de control
Dada la gravedad de las anomalías detectadas en la estructuración y ejecución del programa habitacional, el Juzgado ordenó compulsar copias de manera inmediata a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General. Estas entidades deberán establecer si existió responsabilidad penal (como la posible expedición de resoluciones contrarias a la ley), disciplinaria o detrimento al patrimonio público por el uso e inversión de recursos en el fallido proyecto.
¿Qué pasará con las familias postulantes?
El juez aclaró que los efectos de la sentencia son retroactivos (ex tunc), lo que invalida completamente el acto proferido por la Alcaldía. Sin embargo, esto no implica la cancelación de la Convocatoria Pública No. 001 de 2023 impulsada originariamente por el INDEV.
La responsabilidad de reanudar, sanear y culminar el proceso recae de nuevo y de forma exclusiva en el INDEV. No obstante, la asignación real de soluciones habitacionales quedará sujeta a que la entidad logre resolver primero la titularidad jurídica de los terrenos, garantice la viabilidad ambiental y urbanística, y asegure la prestación real de los servicios públicos básicos exigidos por la ley.
AL RESPECTO SE PRONUNCIÓ LA ALCALDÍA DE YOPAL
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Tras conocerse el fallo en primera instancia que decreta la nulidad de la Resolución 1132 de 30 de diciembre de 2023, en la que se localiza y prioriza a los beneficiarios del proyecto Alameda Martha Mojica, la Alcaldía de Yopal se permite manifestar que:
- Envía un mensaje de tranquilidad a los 2.589 hogares priorizados en la Resolución 1132 de 2023 del proyecto Alameda Martha Mojica. Entendemos la preocupación que genera la sentencia de primera instancia que declaró su nulidad y sabemos lo que esta oportunidad representa para cada familia. La propia decisión judicial aclara que la convocatoria continúa y que el proceso no debe comenzar desde cero.
- El alcalde de Yopal Marco Tulio Ruíz Riaño, ratifica una vez más, su compromiso con estas familias y con impulsar, dentro de las reglas de la convocatoria y en cumplimiento de la decisión judicial, la continuidad de esta misma priorización.
- El alcalde Marco Tulio Ruíz, reitera que se continuará respetando el avance de las etapas y el desarrollo que hasta el momento registra el proyecto.
- A través de INDEV se seguirá avanzando en la verificación de los requisitos y en las condiciones necesarias del proyecto para que la entidad pueda expedir los correspondientes actos administrativos que permitan la escrituración.
- También se seguirá brindando a los hogares que lo requieran, la oportunidad de subsanar los requisitos pendientes.
Seguiremos acompañando a las familias y comunicando con claridad cada avance, con el propósito de hacer realidad el acceso al subsidio y la escrituración de lote con servicios, para quienes cumplan las condiciones exigidas.





























