POR «ENGAVETAR» TRÁMITE AMBIENTAL, JUZGADO APLICA SANCIÓN DE TUTELA A DIRECTORA DE CORPORINOQUIA Y A SUBDIRECTOR DE CALIDAD DE DICHO ENTE AMBIENTAL

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Una sanción de multa impuso el Juzgado 1o Administrativo de Yopal contra directivos de CORPORINOQUIA por desacatar un fallo de tutela que los obligaba a dar trámite a una diligencia de solicitud de licenciamiento para aprovechamiento de aguas que tramita ante dicha entidad una empresa y la cual se ha demorado de manera injustificada.

El fallo de tutela fue proferido el 28 de julio de 2025 y modificado el 14 de agosto por el Tribunal Administrativo de Casanare, a pesar de lo cual no hay celeridad por parte del ente ambiental para evacuar la diligencia respectiva.

La decisión judicial responsabilizó al Subdirector de Control y Calidad Ambiental, Heiler Martín Ricaurte Avella, y a la Directora General, Diana Carolina Mariño Mondragón, por no adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la orden judicial dentro de sus competencias.

En el fallo con radicado 85001-3333-001-2025-00336-00, el despacho impuso una multa de dos salarios mínimos mensuales a los funcionarios precisando que los recursos deben pagarse de su propio peculio en un plazo de diez días en la cuenta de la Rama Judicial y advirtió que no podrán ser sufragados con recursos públicos.

De no acreditarse el pago, el caso será remitido a cobro coactivo.

Así mismo, el Juzgado reiteró a ambos funcionarios la obligación de cumplir de manera inmediata con lo ordenado en la tutela, so pena de hacerse acreedores a sanciones más severas, y advirtió que de persistir el incumplimiento la parte actora podrá presentar un nuevo incidente de desacato.

¿Por qué la demora en el trámite de la licencia?… es la gran pregunta que ronda este proceso.

Pues esa es la cuestión que reprocha el Juzgado al afirmar que:

«No obstante, para efectos estrictamente objetivos del presente análisis,
lo relevante es que CORPORINOQUIA no dio por terminado ni archivó el
procedimiento por tales circunstancias, sino que recibió la documentación, verificó
su contenido y decidió continuar la actuación administrativa. De hecho, la entidad
reconoció que mediante radicado YO.2025-17317 del 12 de noviembre de 2025 fue
presentada nuevamente la documentación legal y técnica actualizada,
información que fue corroborada en su plataforma institucional ATHENTO.
A partir de allí se encuentra igualmente demostrado que el 1 de abril de 2026
CORPORINOQUIA expidió la liquidación de los servicios de evaluación ambiental
por valor de $1.273.104, actuación directamente asociada al radicado YO.2025-

El documento indicó expresamente que AGUAJAL S.A.S. debía cancelar
dicho valor para continuar con la evaluación del trámite.».

Lo cierto del caso es que en este como en muchos otros casos hay trámites y diligencias que en la transparente Corporación se demoran más tiempo de lo previsto…

¿Por cuál motivo…?… la opinión pública tiene la palabra…

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