¿Quién saldría del senado si López Maya decide regresar? Sonia Bernal o Ferney Silva

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Es preciso aclarar que el caso del senador Alexander López no se rige por el mecanismo ordinario de correr la lista en estricto orden de elegibilidad. La Corte Constitucional dejó sin efectos la nulidad proferida por el Consejo de Estado y, en consecuencia, revive plenamente la credencial que López obtuvo en las elecciones de 2022. Esto significa que no se abre un proceso de reemplazo, sino que se restituye al titular en el ejercicio de su derecho político. De manera inmediata, quien había ingresado de forma transitoria por esa nulidad, la senadora Sonia Bernal pierde la condición de congresista, pues su presencia en el Senado estaba ligada exclusivamente a la decisión judicial que ahora quedó sin vigencia. Si Alexander López decide regresar al Senado, la que perdería la curul sería la actual ocupante que entró en su lugar —la senadora Sonia Shirley Bernal—, no Ferney Silva.

¿Por qué?

  1. Punto clave: la Corte Constitucional dejó sin efectos la sentencia de la Sección Quinta del Consejo de Estado que había anulado la elección de Alexander López y, por tanto, amparó sus derechos políticos para que recupere su curul. La Sala Plena ordenó que la Sección Quinta profiera un nuevo pronunciamiento conforme al criterio constitucional.
  2. Quién ocupa hoy la curul de López: cuando el Consejo de Estado anuló la elección, se procedió a proveer la vacante y Sonia Shirley Bernal tomó posesión como reemplazo (marzo/abril de 2024). Por eso ella es la persona que hoy está ocupando la curul que originalmente correspondía a López.
  3. Regla legal aplicable (cómo funcionan los reemplazos): la sustitución de curules se hace con base en el orden de la misma lista y en las decisiones judiciales que anulan o reconfirman elecciones; el texto constitucional y la práctica jurisprudencial establecen que cuando se anula una elección y luego esa nulidad se deja sin efecto, el electo originalmente recupera su posición y quien entró por efecto de la nulidad debe cederla (los reemplazos son en esencia provisionales mientras la decisión que los originó subsista). En términos operativos, si la anulación queda sin efecto el derecho a la curul retorna al inicialmente electo.
  4. Por qué no sería Ferney Silva quien perdería la curul: Ferney Silva ingresó al Senado por otra vacancia (reportes periodísticos lo ubican como reemplazo en el cupo que dejó Piedad Córdoba) y, por tanto, su curul no es la que ocupó López ni la que se vería directamente afectada por la restitución de López. Es decir, Silva ocupa una curul distinta y no la que corresponde al expediente judicial que hoy favorece a López.

Otros aspecto para tener en cuenta.

  • La Corte ordenó que la Sección Quinta del Consejo de Estado profiera una nueva sentencia “de reemplazo” conforme al análisis constitucional; eso significa que todavía hay un trámite formal que el Consejo debe surtir (no es pura ejecución automática, pero sí obliga al órgano a pronunciarse de acuerdo con la Corte). En la práctica política-jurídica eso normalmente deriva en que el cargo vuelve al originalmente elegido.
  • Si López decide no regresar (por ejemplo, si prefiere seguir en el cargo en la Procuraduría u otro puesto), entonces no se desplaza a la actual titular y Sonia Bernal seguiría en su curul. La restitución depende tanto de la decisión judicial como de la voluntad efectiva de López de posesionarse.
  • También cabe la posibilidad (hipotética) de que en el nuevo pronunciamiento del Consejo de Estado, por cómo se valoren las pruebas tras la guía de la Corte, se produzcan matices o efectos distintos; pero con la información pública y la doctrina habitual, el efecto directo de la anulación del acto que dejó sin efecto la elección es la restitución del titular original y la salida del reemplazo.

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