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TRIBUNAL NIEGA APLICAR MEDIDAS CAUTELARES CONTRA CONCEJAL DE YOPAL INMERSO EN DEMANDA ELECTORAL

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Un nuevo capítulo se escribió en el caso de la demanda electoral que cursa contra la elección de Michael Jonathan Castro Niño, concejal de Yopal conocido popularmente como «Paco», y quien enfrenta la acción jurídica en su contra por la presunta inhabilidad derivada de la firma y ejecución de un contrato con la Gobernación de Casanare.

Así las cosas, Castro seguirá disfrutando de su curul mientras la demanda continúa su curso ante la instancia pertinente.

El demandante, además de poner en entredicho a «Paco» Castro (elegido por el Partido de la U), pidió como medida cautelar de la demanda que no se permitiera su posesión hasta tanto no se le resuelva su situación jurídica por violación al régimen de inhabilidades y además que no se le permitiera ejercer el derecho al voto en cualquier acto que por competencia y de acuerdo con el reglamento interno del Concejo se requiera.

La petición fue negada por el Tribunal Administrativo de Casanare debido a que «con los documentos que obran en el expediente, no es posible establecer si el demandado ejecutó el mencionado contrato en la ciudad de Yopal, pues ni en el objeto ni en las obligaciones pactadas se enuncia dicho municipio; además en los informes contractuales aportados en los cuales se relacionan las actividades realizadas por el accionado se hace referencia solo a los municipios indicados (ver contexto), circunstancias por las cuales en este momento procesal no es posible establecer si el señor Castro Niño se encuentra o no inhabilitado».

RAZONES DE LA DEMANDA…

Pero… ¿qué alega el demandante y cuáles la razón de la acción de nulidad electoral contra el dirigente político yopaleño que con 1.855 votos se constituyó en el concejal más votado de las pasadas elecciones…? Veamos:

Según su demandante, Michael Jonathan Castro Niño, se inscribió como candidato al Concejo Municipal de Yopal, y resultó elegido el 29 de octubre de 2023, pero que se encuentra inhabilitado porque suscribió el contrato de prestación de servicios profesionales No. SECOP II CAS-OAJ-CDPSP0330-2023 (código interno 0486 de 2023-02-08), con la Gobernación de Casanare.

El objeto del mismo fue “prestar los servicios profesionales como ingeniero civil, en la programación de los mantenimientos periódicos y rutinarios en la red vial secundaria y Terciaria del Departamento; emitir concepto técnico a través de la verificación y revisión técnica de los proyectos de inversión departamental pertenecientes a los sectores de servicios de agua potable, y saneamiento básico, infraestructura de vías secundarias, vías terciarias, vías urbanas e infraestructura de equipamiento del Departamento de Casanare”.

Según el demandante, dicho contrato se ejecutó en el municipio de Yopal durante el año 2023 y por lo que se pagó el impuesto derivado del mismo a favor de dicho ente territorial.

Sin embargo, al revisar el contrato se evidencia en la cláusula tercera del mismo, donde se precisa que en estas actividades se hizo alusión a los municipios de Sabanalarga, Villanueva, Aguazul, Chámeza, Hato Corozal, La Salina, Maní, Monterrey, Nunchía, Orocué, Paz de Ariporo, Pore, Recetor, Sácama, San Luis de Palenque, Támara, Tauramena y Trinidad, sin que se relacione al municipio de Yopal.

Al respecto, será el desarrollo de la actuación del proceso, lo que permita determinar si se constituye o no la inhabilidad que se alega en la demanda luego de determinarse si hubo violación al régimen que prohíbe a ciudadanos que hayan ostentado cargos o ejecutado contratos con influencia en los territorios donde posteriormente se postulen para cargos de elección popular.

Castro, actualmente, también ostenta la calidad de Presidente del Concejo Municipal de Yopal.

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