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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO RATIFICA PÉRDIDA DE INVESTIDURA PARA CONCEJAL DE AGUAZUL. VIOLÓ RÉGIMEN DE INHABILIDADES

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Una condena por el delito de microtráfico, le costó al concejal conservador de Aguazul, JADER ANDRÉS FLÓREZ CASTAÑEDA, su credencial a dicha Corporación, toda vez que el Tribunal Administrativo de Casanare decretó su pérdida de investidura al violar el régimen que impide a un ciudadano cobijado por una condena, presentarse como candidato en este caso a concejo municipal.

El caso tiene que ver con la pena que el Juzgado Tercero Penal de Yopal, impuso en su momento (2014) contra FLÓREZ CASTAÑEDA, dentro del expediente CUI No. 8501061 05474 2014 80073 a 56 meses de prisión por el delito de tráfico o porte de estupefacientes.

La sentencia fue remitida al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Yopal, que redimió (descontó) 4 meses y 2 días de la pena, por trabajo y mediante auto del 12 de octubre de 2018, decretó la extinción de la sanción penal por cumplir el periodo de prueba, por parte del condenado que también fue cobijado con un beneficio de excarcelación y control electronico.

Sin embargo, y a pesar de que el demandado cumpliera con estas obligaciones, la sentencia en su contra le configuró la inhabilidad para presentarse como candidato, pues según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 40 de la Ley 617 de 2000, no podrá ser inscrito ni elegido concejal, quien haya sido condenado a pena privativa de la libertad, prohibición que no se encuentra limitada en el tiempo y por lo mismo se incurre en ella cuando existe una sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada, sin que la extinción de la pena habilite al candidato para postularse al mencionado cargo de elección
popular.


También se demuestra el elemento subjetivo por cuanto el demandado, tenía el deber de verificar si se encontraba o no inhabilitado
para ser concejal, obligación que no se cumple con la simple revisión de los antecedentes disciplinarios, fiscales y penales que se encuentren vigentes,
sino que requiere además la revisión de las normas aplicables al cargo al que aspiraba y en el que resultó elegido, omisión que conforme lo explica la
jurisprudencia evidencia una falta de diligencia y cuidado por parte del demandado.


Por lo anterior, y al considerar que el demandado ha incumplido losfundamentos constitucionales y legales y defraudó a su electorado, a
inscribirse y ser elegido concejal, cuando cumplió una condena de prisión por el delito anteriormente señalado, razón por la cual el Tribunal acogió las pretensiones de la demanda y ordenó la pérdida de investidura de JADER ANDRÉS FLÓREZ CASTAÑEDA.

Hasta el momento, las directivas conservadoras en Casanare no se han pronunciado.

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