La suspensión se implementará en cumplimiento a las medidas de aislamiento preventivo y obligatorio ordenada por el Presidente de la República, Iván Duque en el marco del Estado de Emergencia Económico, Social y Ecológico causado por el virus Covid -19.
La URT garantiza la atención de las víctimas de despojo y desplazamiento forzado de Meta, Casanare, Guaviare y Vichada a través de canales virtuales y líneas telefónicas.
En atención a la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y al Aislamiento Preventivo y Obligatorio ordenado en todo el territorio colombiano por parte del Presidente de la República como medida para enfrentar la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, la entidad a través de la Resolución 0307 del 27 de marzo de 2020, ha ordenado suspender los términos de los procedimientos administrativos de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, de que trata la Ley 1448 de 2011 y los Decretos 4633 y 4635 de 2011, así como los trámites administrativos del Registro Único de Predios y Tierras Abandonadas.
“En la Unidad de Restitución de Tierras adoptamos las medidas tendientes al cumplimiento de los deberes institucionales durante el período de aislamiento que atiendan los principios de la actuación administrativa y procuren su adecuado desarrollo, en aras de brindar a los solicitantes y terceros las garantías necesarias para su participación y conocimiento oportuno de las actuaciones, así como también propender por la seguridad y salud de los colaboradores y destinatarios de la gestión entidad”, expresó Andrés Castro Forero, Director General de la URT.
La suspensión de los trámites se llevará a cabo durante el periodo de aislamiento preventivo y obligatorio ordenado por el Presidente de la República, desde el 27 de marzo hasta el 13 de abril de 2020 a las 00:00 horas y en caso de que se modifique o extienda la medida presidencial, se ampliará igualmente el tiempo de suspensión.
Con esta decisión la entidad busca brindar a las víctimas y personas interesadas, garantías de salvaguarda a la comparecencia, participación y conocimiento oportuno de las actuaciones y así mismo, propender por su seguridad y salud y la de los servidores y colaboradores de la entidad.
Mientras esto ocurre, la Unidad de Restitución de Tierras continuará adelantando actividades que no afecten la suspensión de términos y garantizará la atención al público de manera virtual, para esto ha dispuesto diferentes canales que les permitirán a los usuarios conocer información general sobre la entidad y la oferta institucional; además, podrán acceder a orientación sobre el estado de sus solicitudes, informó Wilson Leyton, director de la URT en Meta.
Los canales virtuales y telefónicos serán atendidos por profesionales de la entidad que están capacitados para resolver las dudas de las personas que buscan la restitución de sus predios o territorios ancestrales.
Para conocer los canales virtuales, líneas telefónicas y correos electrónicos de atención al público de la Unidad de Restitución de Tierras se podrá ingresar al enlace: https://bit.ly/2WO6Wp2.
La Unidad de Restitución de Tierras no abandonará a las víctimas y les pide comprensión frente a las medidas de prevención establecidas, que son necesarias para garantizar la integridad de los solicitantes y para contener la propagación del virus, que representa un difícil desafío para todos los colombianos.