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POR ALTO RIESGO FISCAL, JUZGADO IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSPENDIENDO EFECTOS DE DECRETO QUE LE DABA VIDA AL PROYECTO «ALAMEDA MARTHA MOJICA»

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Una inadecuada planeación técnica y urbanística, y el alto riesgo para las finanzas futuras del municipio al considerar que el proyecto no tiene una financiación clara, llevaron al Juez 2o Administrativo de Yopal, a acoger de manera positiva las pretensiones de imponer MEDIDAS CAUTELARES DE URGENCIA en medio de una demanda de nulidad sobre el decreto que le dio vida al desarrollo urbanístico Alameda «Martha Mojica» una de las iniciativas «bandera» de la actual administración de Luis Eduardo Castro, Alcalde de Yopal «Ciudad Segura».

En consideración del Juzgado «luego de un análisis de la medida cautelar de urgencia solicitada por la parte actora, este Despacho considera procedente acceder a la misma, al considerar, sopesar, evaluar y percibir como probablemente comprometido el presupuesto de administraciones futuras con la expedición del Decreto No. 213 del 2023 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO “ALAMEDA MARTHA MOJICA” UBICADO EN EL SUELO DE EXPANSIÓN DEL MUNICIPIO DE YOPAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” expedido por el alcalde del Municipio de Yopal, en ese sentido se decretará la medida cautelar de urgencia consistente en la suspensión provisional del acuerdo 213 del 2023 y los efectos jurídicos – para este caso específico – de los artículos 2 y 3 del acuerdo No. 002 de 2021 (se advierte error de digitación del demandante que señaló allí 2023) “POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL SEÑOR ALCALDE DEL MUNICIPIO DE YOPAL PARA CELEBRAR OPERACIONES DE CRÉDICO PÚBLICO” HASTA POR UN CUPO DE TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($35.300.000.000)”

Así las cosas, el despacho le otorga razón a las argumentaciones del concejal LEONARDO INFANTE quien denunció graves falencias en la formulación técnica, urbanística y de servicios públicos para el terreno donde se pretende la construcción de la Alameda; al igual que un alto riesgo fiscal para las futuras vigencias del municipio al no dejar clara la fuente y forma de financiación de los 64 mil millones de pesos que el proyecto puede llegar a costar.

Según el accionante de la medida:

«De la sola confrontación de las normas contenidas en el POT, como es el caso del artículo136, claramente se infringe en la medida que Yopal al día de hoy no cuenta con el PLAN MAESTRO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO, luego no se entiende de qué manera se proyectó la extensión de las redes de servicios públicos y sus costos asociados, cuando se supone es este documento el que lo define y que, además, quedó previsto en el POT como política de corto plazo.

«Lo mismo que el Plan Zonal de que trata el literal a) del artículo10, o el macroproyecto urbano para la zona de expansión que refiere el artículo 33 de la misma reglamentación, pese haber suscrito el contrato 1069 de 2014 que nunca se liquidó.-

«Así mismo, por cuanto el alcalde, a escasos meses de culminar su periodo de mandato, en época electoral y so pretexto de cumplir el Plan de Desarrollo en materia de vivienda, pretende dejar comprometidos recursos del presupuesto de futuras administraciones,según lo señala en el artículo 42 del Decreto 213 de 2023 (…).»

En cuanto a los riesgos fiscaes del proyecto, argumenta el accionante que:

«(…) Conforme lo prescribe el parágrafo 2° del artículo 34 del citado Decreto, las cargas generales del proyecto tienen un valor estimado de $64.636.038.798,213 y, teniendo en cuenta que el municipio es el promotor le corresponde asumirlas en su totalidad, recursos
con los cuales NO cuenta en su presupuesto ordinario, como tampoco existe garantía de obtener a través del “plan de Gestión” como lo sugiere el alcalde en el artículo 42 Ibidem, de lo contrario, Yopal se vería abocado a pignorar sus rentas, situación que de momento
sería más gravosa si se tiene en cuenta que la deuda pública actual del municipio supera los 40.000 millones de pesos».

Ante estas argumentaciones y la propia valoración del caso, el Juez conceptuó sobre la petición de las medidas cautelares de urgencia que «este Despacho considera procedente acceder a la misma, al considerar, sopesar, evaluar y percibir como probablemente
comprometido el presupuesto de administraciones futuras con la expedición del Decreto No. 213 del 2023″.

La Alcaldía de Yopal aún no entrega reacción sobre esta decisión que representaría un «freno» al avance de uno de los proyectos bandera del actual Alcalde, Luis Eduardo Castro.

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