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Plenaria de Cámara aprueba artículo que reglamenta el horario diurno y nocturno de trabajadores

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En un acto de justicia laboral como lo dijo la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, fue aprobado por la mayoría de la plenaria de la Cámara de Representantes, el artículo 13 de la reforma laboral en su segundo debate.

La votación fue de 86 votos por el sí y 9 votos por el no. Este artículo reglamentará el horario diurno, que empezará desde las 6 a.m. e irá hasta las 7 p.m. El horario nocturno iniciará a las 7 de la noche y terminará a las 6 de la mañana.

Durante el trámite fue aprobada la proposición para que este artículo se implemente después de seis meses de aprobada la ley de reforma laboral. Para la ministra con la aprobación del artículo “restauramos el derecho del trabajo nocturno a los trabajadores de Colombia, lo que significa un recargo del 35 % por trabajar en las horas de la noche. Esto hace justicia laboral, fueron 28 años en los que a los trabajadores/as les habían cercenado este derecho y ahora lo volvemos a restaurar”.

Durante la plenaria de este miércoles, también se aprobaron siete artículos más que versan en torno a los empleos verdes y azules para una transición justa para las y los trabajadores, y los relacionados con las garantías laborales para quienes están bajo la modalidad de Teletrabajo.

Estos fueron los artículos aprobados:

● Art. 13: Trabajo diurno y nocturno

● Art. 53: Lineamientos de Política Pública de Trabajo Digno y Decente para la transición justa y el empleo verde y azul

● Art. 54: Incentivos al empleo verde y azul

● Art. 55: Formación para la promoción de empleos verdes y azules

● Art. 56: Modalidades de teletrabajo

● Art. 57: Auxilio de conectividad

● Art. 58: Garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores

● Art. 59: Promoción de las diferentes modalidades de trabajo a distancia.

En total se aprobaron ocho artículos y se espera que en la próxima sesión plenaria se termine el total del articulado.

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