En las últimas horas el Juzgado Segundo Administrativo, falló la acción de tutela interpuesta por la Personería municipal de Yopal, en aras de proteger la salud y la vida de las personas privadas de la libertad que se encuentran recluidas en las Carceletas de la Unidad de Reacción Inmediata –URI- de la Fiscalía en la capital casanareña.
Este despacho judicial luego de revisar la exposición de motivos de esta tutela mediante la que se buscaba la protección de derechos fundamentales de 19 personas que se encuentran privadas de la libertad en situación de hacinamiento, determinó:
Ordenar a la Gobernación de Casanare y a la Alcaldía de Yopal, para que de manera coordinada y en un plazo no superior a 5 días, ubiquen inmuebles que se ajusten a necesidades sanitarias, de seguridad y salud para el traslado de estas personas privadas de la libertad, dichos inmuebles deberán estar habilitados mínimo por tres meses. La Fiscalía y la Unidad especial de servicios penitenciarios y carcelarios (USPEC) deberán apoyar las adecuaciones internas que requieran dichos inmuebles para garantizar la habitabilidad. De igual manera el fallo determina en lo posible la ubicación de dos inmuebles diferentes; uno para la ubicación de personas con fallos condenatorios, quienes son responsabilidad en alimentación, seguridad y salud de la USPEC e IMPEC y y otro para la reclusión de personas con medida preventiva de privación de la libertad, a quienes la alcaldía de Yopal y la Gobernación de Casanare deberán suministrar seguridad, personal administrativo y servicios de salud que se requiera , pero aclara esta providencia que de no lograrse ubicar dos sitios diferentes, podrán usar uno solo, pero la responsabilidad del funcionamiento y de los servicios prestados a las personas privadas de la libertad deberán ser asumidos entre las cuatro instituciones.
Finalmente decreta que para el traslado de estas 19 personas recluidas en las carceletas de la URI, a los nuevos inmuebles deberá hacerse bajo estrictos controles de bioseguridad para evitar el contagio por covid-19.
“De esta manera la Personería de Yopal, continúa protegiendo los derechos de los ciudadanos, en medio de esta emergencia sanitaria por Covid-19, estamos trabajando para garantizar los derechos de los yopaleños, por lo que seguimos atendiendo a través de las líneas telefónicas y correos electrónicos para que accedan a nuestros servicios sin salir de casa. Personería delegada en vigilancia administrativa: 3213074676, Personería delegada en derechos humanos: 3213075889, Personería delegada en asuntos judiciales y policivos: 3213075892. [email protected], [email protected], [email protected], [email protected]. Puntualizó el personero municipal, Rafael Alberto Peña.
Institucional
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