El Juzgado Tercero Civil Municipal de Yopal sancionó con tres días de arresto y una multa de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes a Elvira Helena Martínez Consuegra, gerente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado CATASIG S.A.S., por incumplir un fallo de tutela que ordenaba responder un derecho de petición presentado por la Fundación Little Guardians.
La decisión, adoptada mediante auto del 16 de octubre de 2025, fue proferida por el juez Geovanny Andrés Pineda Leguízamo, dentro del proceso con radicado 850014003003-2025-00742-00, instaurado por Luis Guillermo Pérez Pérez, representante legal de la fundación accionante.
Según el documento, el fallo de tutela emitido el 20 de agosto de 2025 había ordenado a CATASIG responder de manera “de fondo, clara, oportuna y completa” una petición radicada el 8 de julio del mismo año, además de implementar un sistema de constancia de notificación electrónica. Sin embargo, la entidad —bajo la dirección de Martínez Consuegra— no dio cumplimiento a la orden judicial, pese a los requerimientos formales del despacho y a las notificaciones realizadas a los correos institucionales de la empresa.
El juzgado relata que, tras verificar la falta de respuesta, se abrió formalmente el incidente de desacato el 6 de octubre de 2025, otorgando tres días para que la gerente presentara descargos. A pesar de haber sido notificada debidamente, la funcionaria guardó silencio y no aportó prueba alguna de haber cumplido la orden judicial, lo cual el juez consideró como un “indicio de responsabilidad subjetiva” y una muestra de desinterés frente al acatamiento de las decisiones judiciales.
En su análisis jurídico, el juez recordó que los fallos de tutela son de obligatorio cumplimiento inmediato y que el incidente de desacato es el mecanismo establecido por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 para garantizar la efectividad de las decisiones de los jueces constitucionales. Citó además jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la responsabilidad personal de los funcionarios o particulares que incumplen órdenes de tutela.
El despacho determinó que la conducta de la gerente de CATASIG constituye un incumplimiento doloso, caracterizado por la omisión injustificada y negligente frente a la obligación de responder el derecho de petición de la Fundación Little Guardians. “No demuestra acciones positivas orientadas a cumplir el fallo ni justifica el retraso”, señaló la providencia.
Como consecuencia, el juez sancionó a la gerente con tres días de arresto en el Comando de Policía de Yopal y una multa equivalente a tres salarios mínimos, la cual deberá ser pagada con recursos personales dentro de los próximos diez días. De no hacerlo, el cobro será adelantado por la autoridad competente mediante proceso coactivo.
