A finales del mes del octubre anterior se conoció de una declaratoria de insubsistencia que se habría dado sobre Sandra Patricia Rincón Serrano quien para la época se desempeñaba como subgerente Administrativo y Financiero del Instituto Financiero de Casanare – IFC-.
A raíz de esta declaratoria el 1 de noviembre la afectada por esta situación instauró acción de tutela en contra del IFC y la Gobernación se Casanare buscando que a través de este mecanismo jurídico se le protegiera el derecho al trabajo, mínimo vital, seguridad social e igualdad alegando que su inasistencia a laborar (motivo por el cual se tomó dicha decisión) se debía a que había presentado Covid-19 positiva y debía atender un periodo de aislamiento obligatorio como esta contemplado en los protocolos sanitarios.
Ante este proceso judicial se demostró que la funcionaria salió positiva el 26 de septiembre y que para el 26 de octubre llevaba más de 10 días sin aportar excusa médica porque había sobrepasado el periodo de aislamiento sin retorno a su puesto laboral en dicha entidad, ante esta situación el IFC tomó la decisión de declararla insubsistente. Y además demostró los ingresos económicos que por liquidación le otorgaron, los ingresos del año anterior y hasta bienes que Sandra Rincón posee con lo que no se podía demostrar que estaba desprotegida.
Ante los argumentos expuestos por el IFC el juzgado declaró improcedente la tutela, por lo que Sandra Rincón Serrano no podría retornar a dicho cargo.