Las sanciones pecuniarias recaen sobre 72 empresas de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas, al comprobarse incumplimientos a la normatividad vigente.
La entidad inició indagaciones preliminares frente a presuntas irregularidades en la facturación de los servicios durante el periodo de aislamiento obligatorio por el Covid-19.
Bogotá, D.C., 29 de mayo de 2020. Multas por valor de $ 45.157.822.977 ha impuesto la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en lo corrido del presente año, a 72 prestadores de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas por incumplimientos a la regulación vigente.
Las sanciones recaen sobre 27 prestadores de energía, 20 de gas, 11 de acueducto, alcantarillado y aseo, 7 de acueducto y alcantarillado, 6 de aseo y 1 de acueducto y aseo. Son resultado de procesos de investigación iniciados por la superintendencia entre el 2016 y el 2019.
Las principales razones para imponer las multas se derivan de incumplimientos a indicadores de calidad de agua, normas técnicas, regulación en materia de subsidios, reglamento de instalaciones eléctricas, inversiones y metodologías tarifarias; también por fallas de continuidad en la prestación, medición del consumo, reporte de información, planes de contingencia, recolección y disposición final de residuos, entre otros. (Ver detalle de sanciones en archivo adjunto).
La superintendente, Natasha Avendaño García, indicó que: “Luego de cumplir las etapas que nos define la ley, hemos impuesto estas sanciones durante los primeros cinco meses del año al confirmar el incumplimiento en temas de calidad, continuidad, aspectos técnicos y operativos por parte de estos prestadores. Seguimos con otros procesos en curso, e iniciamos las indagaciones preliminares y requerimientos a las empresas sobre las cuales hemos recibido quejas de los usuarios durante este año; y en particular desde que inició la emergencia sanitaria, en relación con incremento de tarifas, medición por promedio y cortes o suspensiones no autorizados. Estamos monitoreando a las empresas para evitar abusos, pues es inaceptable que familias y empresarios se afecten con incrementos injustificados en sus facturas o reciban un mal servicio”, aseguró la superintendente.
Superservicios recuerda a usuarios cómo hacer una reclamación
Con el fin de orientar a los usuarios sobre el procedimiento para presentar sus quejas, la superintendencia recuerda los pasos a seguir, conforme lo determina el Código Contencioso Administrativo:
Antes de acudir a la Superservicios, interponga un derecho de petición ante la empresa prestadora exponiendo la situación que considera lo afecta o que vulnera sus derechos como usuario. La empresa tiene 15 días hábiles para responderle.
Si no está de acuerdo con la respuesta, dentro de los cinco días siguientes a la notificación, interponga ante el prestador un Recurso de Reposición y en Subsidio de Apelación.
Una vez resuelto el Recurso de Reposición, la empresa debe enviar el expediente a la Superservicios para que esta entidad lo revise y resuelva su Recurso de Apelación.
Si la empresa no resuelve de forma concreta o no responde en el término de 15 días hábiles, el usuario puede radicar ante la Superservicios una solicitud de investigación por Silencio Administrativo Positivo, adjuntando copia de la petición radicada ante la empresa.
Si la empresa niega o rechaza el Recurso de Apelación, el usuario puede interponer ante la Superservicios el Recurso de Queja dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la empresa en la que le rechaza o niega la apelación. Es necesario adjuntar este documento.
Estos trámites se pueden realizar en nuestra plataforma TeResuelvo https://teresuelvo.superservicios.gov.co/. La entidad ofrece orientación en las líneas de atención 01800 910 305 para todo el país y (1) 691 3006 en Bogotá.
Sanciones superservicios ene – may 2020
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