Al considerar que no hubo configuración de las causales de violación del régimen de conflicto de intereses en sus actuaciones relativas a un contrato de prestación de servicios suscrito el 23 de enero de 2024 con la abogada Nidia Rocío Colmenares Guerrero, el Tribunal Administrativo de Casanare negó la pretensión de pérdida de investidura contra tres concejales del municipio de Paz de Ariporo.
Se trata de una acción de demanda contra los corporados Michael de Andreis Castillo Jara, Henry Riaño Cristiano y Emiliano Duarte Segua.
Se trata de una decisión de primera instancia susceptible de apelación.
El objeto del contrato era prestar servicios profesionales de representación judicial, al concejo municipal de PAZ DE ARIPORO, y se alegaba que los concejales demandados lo suscribieron y realizaron actuaciones derivadas del mismo a sabiendas que adelantaban (en calidad de demandantes) procesos de nulidad en contra de la corporación.
Sin embargo, en su análisis, los magistrados no encontraron que los afectados con la demanda hubieran derivado beneficios de dicha contratación.