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Empleadores deben renovar autorización para trabajo de horas extras. MinTrabajo aprobará labor suplementaria…  

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La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, firmó la circular 3031 del 30 de agosto, en la que se obliga a los empleadores poner al día la autorización para laborar horas extras. 

La disposición refiere que el empleador cuenta con un término de seis meses para realizar el respectivo ajuste ante la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo de su jurisdicción.   

“en reciente pronunciamiento de la Comisión de Expertos de la OIT presentó observaciones para Colombia en cuanto a los convenios ratificados indicando la necesidad de que se establezcan unos límites de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de manera oportuna y que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establecen los convenios de la OIT. Mientras dure el proceso de actualización, que no tendrá ningún costo, seguirá siendo válido el documento que en su momento fue expedido por la respectiva Dirección Territorial”, resalta la resolución.  

La norma resalta que superado el término establecido para renovar este consentimiento y que no se haya hecho, perderá vigencia.  

Así mismo, aclara que se sancionará a quienes desarrollen trabajo suplementario sin contar con la debida autorización.  

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