Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente

CONSEJO DE ESTADO RATIFICA PÉRDIDA DE CURUL PARA CONCEJAL DE AGUAZUL QUE VIOLÓ RÉGIMEN DE INHABILIDAD

Ayúdanos a compartir la noticia

El Consejo de Estado ratificó en instancia definitiva la pérdida de investidura de un concejal de Aguazul, que ya en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Casanare había sido decretada en enero pasado.

La demanda que le cuesta la curul al corporado aguazuleño, tiene que ver con una inhabilidad para ocupar dicho cargo, debido a una condena por el delito de microtráfico, que le cuesta al concejal conservador de Aguazul, JADER ANDRÉS FLÓREZ CASTAÑEDA, su credencial a dicha Corporación, toda vez que el Tribunal Administrativo de Casanare decretó su pérdida de investidura al violar el régimen que impide a un ciudadano cobijado por una condena, presentarse como candidato en este caso a concejo municipal.

El caso tiene que ver con la pena que el Juzgado Tercero Penal de Yopal, impuso en su momento (2014) contra FLÓREZ CASTAÑEDA, dentro del expediente CUI No. 8501061 05474 2014 80073 a 56 meses de prisión por el delito de tráfico o porte de estupefacientes.

La sentencia fue remitida al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Yopal, que redimió (descontó) 4 meses y 2 días de la pena, por trabajo y mediante auto del 12 de octubre de 2018, decretó la extinción de la sanción penal por cumplir el periodo de prueba, por parte del condenado que también fue cobijado con un beneficio de excarcelación y control electrónico.

Las pretensiones de la demanda fueron acogidas puesto que con dicha conducta se configura la inhabilidad prevista en el numeral 1 del artículo 40 de la Ley 617 de 2000, en cuanto dispone que no podrá ser elegido concejal quien haya sido condenado a pena privativa de la libertad, circunstancia que conlleva a que pierda su investidura, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 48 (ibídem) y por la cual se accedio a las pretensiones de la demanda.

Una vez se notifique la decisión a las partes, el Concejo debe proceder a formalizar ante la Registraduría la solicitud de la información para conocer a quien corresponderá ocupar la curul que quedará vacante.

En dicho sentido ya se menciona que a dicha posición accedería quien fue segundo en la votación del partido conservador LUBER HERNÁNDEZ MARTÍNEZ quien alcanzó 302 votos en su momento.

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO RATIFICA PÉRDIDA DE INVESTIDURA PARA CONCEJAL DE AGUAZUL. VIOLÓ RÉGIMEN DE INHABILIDADES

PUBLICIDAD

ENVÍANOS TUS INQUIETUDES, TU OPINIÓN ES MUY IMPORTANTE

CONTENIDO RELACIONADO