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Así puede acceder a subsidio de emergencia de Comfacasanare

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¿QUÉ ES EL SUBSIDIO DE EMERGENCIA?

Es un subsidio otorgado por las Cajas de Compensación Familiar del país, pensando en mitigar los efectos económicos y sociales generados por la situación de Emergencia Económica, Social y Ecológica, como consecuencia de la pandemia del COVID-19 y hasta donde permita la disponibilidad de recursos.

¿CÓMO SE CREA EL SUBSIDIO DE EMERGENCIA?

Mediante el decreto No. 488 del 27 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional dicta medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con el fin de promover la conservación del empleo y brindar alternativas a trabajadores y empleadores, cuyo beneficio será otorgado a través de las Cajas de Compensación Familiar, tal cual se menciona en el artículo 6.

Artículo 6. Beneficios relacionados con Mecanismo de Protección al Cesante. Hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, y hasta donde permita la disponibilidad de recursos….

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

A trabajadores dependientes o independientes cesantes, cotizante de categoría A o B es decir que su sueldo no haya sido superior a $ 3.511.212 y que haya realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un (1) año continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos cinco(5) años.

REQUISITOS PARA APLICAR

  • Encontrarse cesante. No aplica para trabajadores con suspensión de contrato o con licencias no remuneradas.
  • No haber sido beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante en los términos de la Ley 1636 de 2013, en los últimos tres años. Cabe aclarar, que las personas que radicaron documentos posterior a la fecha de expedicion del decreto 488 del 27 de marzo de 2020, podran optar por este subsidio de emergencia.
  • Haber realizado aportes durante doce (12) meses, continuos o discontinuos en los últimos cinco (5) años en caso de haber sido trabajador dependiente o independiente.
  • En la última afiliación a las CCF haber estado clasificado en categoría A o B
  • Los cesantes deben postularse en la última Caja de Compensación Familiar donde realizaron los aportes

RADICACION DE DOCUMENTOS

Las personas que se postulen durante el estado de emergencia para acceder a los beneficios de que trata el artículo 6 del Decreto Ley 488 del 27 de marzo de 2020, deberán:

1. Aportar la certificación sobre cesación laboral:

  • En caso de trabajadores dependientes, certificación expedida por el empleador, especificando fecha exacta de la terminación del contrato laboral, última remuneración del trabajador y causa de la terminación del contrato, en los términos de la Ley 1636 de 2013 y el artículo 2.2.6.1.3.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015
  • En caso de los trabajadores independientes certificación bajo gravedad de juramento de cesación de ingresos.

2. Registrar en línea la hoja de vida en el Sistema de Información del Servicio Público de Empleo SISE, en el siguiente link: https://personas.serviciodeempleo.gov.co/login.aspx o enviar su hoja de vida para que nosotros la registremos al correo electrónico: [email protected]; favor adjuntar todos los soportes de estudio y experiencia laboral.

3. Adjuntar fotocopia legible de la cédula del postulante.

4. Si recibía el Subsidio Monetario:

  • Para hijos menores de 12 años, copia del registro civil (Si el solicitante tenía derecho a subsidio familiar)
  • Para hijos mayores de 12 años, copia del registro civil y copia de la tarjeta de identidad (Si el solicitante tenía derecho a subsidio familiar)
  • Para padres mayores de 60 años, copia del registro civil y copia de la cédula de ciudadanía (Si el solicitante tenía derecho a subsidio familiar).

5. En una hoja en blanco escriba su nombre completo o firma y adjúntelo también.

6. Si no tiene impresora descargue el formulario de postulación para el Subsidio de Emergencia y diligéncialo en su totalidad, posterior a ello guárdelo.

Pulse aqui para descargar formulario

Haciendo click aqui: lo llevara a la plataforma Subdidio de Emergencia decreto 488 de 2020 y en esa nueva pagina encontrara dos opciones, si tiene impresora descargue el formulacion ubicado en la parte izquierda de la pantalla imprímalo, diligéncielo y guardelo para luego adjuntar (Segun formulario que haya dilegenciado).

Después para iniciar el proceso de radicación diríjase a la otra opción situada en la parte derecha de la pantalla, para acceder a la postulación virtual donde usted deberá esperar unos segundos mientras cargan los datos de la caja de compensación familiar de Casanare COMFACASANARE, luego seleccione el tipo de documento y digite el número de la cédula y hacer click en buscar; verifique que sea correcta la información que se muestra, en caso contrario actualice y/o modifique los campos y termine de completarlos.

7. Adjuntar la documentación requerida verifique en ver archivos cargados que esten completos y pulse click en en el boton guardar, terminado el procedimiento pulse el boton preradicar.

Recuerde que usted no requiere de intermediarios, no compre formularios impresos, no hay necesidad de esto, para mayores informes comunicarse a las líneas telefónicas:

Cualquier inquietud comunicarse a los siguientes teléfonos

3134078943 / 3219503717
3219503712 / 3118475988

Atención telefónica en municipios

3102577772 (Aguazul)
3102581957 (Paz de Ariporo)
3102572467 (Tauramena)
3102585134 (Villanueva)

NOTA: El reconocimiento de los beneficios está sujeto a la verificación de los requisitos de acceso, por parte de la Caja de Compensación Familiar y hasta donde permita la disponibilidad de recursos.
La respuesta se dará, a más tardar, 10 días hábiles, después de la presentación de la postulación y el adjunto de los documentos.

¿QUÉ RECIBIRÁN LOS BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO DE EMERGENCIA?

  • Pago de la cotización al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones calculado sobre un (1) salario mínimo legal mensual vigente durante 6 meses.
  • Pago de la cuota monetaria de Subsidio Familiar en las mismas condiciones como cuando estaba laborando (si aplica y de acuerdo con el número de beneficiarios al momento de perder su empleo) durante 6 meses.
  • Una transferencia económica para cubrir los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, divididos en tres (3) mensualidades iguales ($ 585.202).

¿COMO SE RECIBE EL PAGO?

  • Una vez aprobado el beneficio se enviará código de aceptación y en los siguientes 3 días hábiles, se realizará la primera transferencia económica al cesante por los canales electrónicos o virtuales (Transferencia a cuenta corriente o de ahorros (anexar certificación bancaria) y/o DAVIPLATA.
  • Pago de la cotización al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones se realizara directamente al fondo.
  • Pago de la cuota monetaria de Subsidio Familiar en las mismas condiciones como cuando estaba laborando (si aplica y de acuerdo con el número de beneficiarios al momento de perder su empleo) se realizara al mismo tiempo con el pago de seguridad social a través de los canales electrónicos o virtuales.

Comfacasanare, adoptara los servicios de gestión, colocación y capacitación a través de medios virtuales, con el fin de que tengan operabilidad y continuidad mientras dure el Estado de Emergencia Económica y Social.

MAYORES INFORMES

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