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Alivios a créditos ofrecerá el IFC por emergencia sanitaria

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Frente a la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, el gobierno nacional y
departamental han adoptado medidas tendientes a la prevención, mitigación y control de factores
de riesgo de contagio y propagación del virus. Por tanto, para hacer frente a la problemática en el
Departamento de Casanare, el Gobernador Salomón Sanabria expidió el decreto 0109 del 16 de
marzo de 2020 que declara la emergencia sanitaria en el Departamento, así mismo el Instituto
Financiero de Casanare adopta la Resolución No. 076 del 17 de marzo de 2020 que aprueba el
Plan Operativo de Contingencia contra el virus COVID-19. También se emitió por parte de la
Gobernación de Casanare, el Decreto No 0114 del 22 de marzo de 2020 en donde se adoptaron
medidas transitorias para garantizar el orden público en el Departamento restringiendo la movilidad
de vehículos y personas, salvo algunos casos en donde se realicen actividades indispensables
citadas en el decreto. De igual forma, el gobierno nacional expide el Decreto No. 457 del 22 de
marzo de 2020 por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada
por la pandemia del coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público, en este decreto
se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de
Colombia a partir de las cero horas (00:00am) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas
(00:00am) del día 13 de abril de 2020, limitando la libre circulación de personas y vehículos en el
territorio nacional.
Por lo tanto, el Instituto Financiero de Casanare, adopto la resolución No 085 del 23 de marzo de
2020, en donde se actualizaron las medidas de prevención y mitigación contenidas en el Plan
Operativo de Contingencia contra el virus COVID-19, relacionadas con la prestación de servicios y
el cumplimiento de las funciones por parte de los contratistas, servidores públicos y trabajadores
oficiales vinculados al IFC, para dar continuidad a los servicios ofertados por el instituto.
A partir de las medidas adoptadas frente a la emergencia sanitaria por parte del gobierno nacional
y departamental, que involucra el cierre de entidades públicas, empresas y comercio, como también
la limitación de la movilidad y el aislamiento preventivo obligatorio para la comunidad, como
consecuencia se han venido generado un impacto negativo en la economía local que se refleja en
la reducción de la producción como en el consumo de bienes y servicios, afectando la economía
de nuestro Departamento y viéndose una disminución en el flujo de efectivo en los diferentes
sectores.
Dada las circunstancias generadas, el gerente del Instituto Financiero de Casanare IF, Dr. Ricardo
Jiménez Caicedo da cumplimiento a los lineamientos dados por el Gobernador Salomón Sanabria,
adoptando como medida necesaria, un Plan de Alivios para los usuarios IFC y FESCA, que les
permita estar al día en sus obligaciones y de ésta manera no afectar la cartera del instituto y
mantener a salvo su estabilidad económica.

El plan de alivios contempla dos mecanismos, refinanciación y prorrogas definidos a continuación:
1. REFINANCIACIÓN:
Este mecanismo busca ampliar el plazo de pago del bimestre correspondiente a los meses
de abril y mayo, se les garantiza a los clientes la calificación de su crédito sin afectar
negativamente su vida crediticia en las centrales de riesgos. El pago de este bimestre se
trasladara al final del plan de pagos ampliando a dos (2) meses el tiempo del crédito.
2. PRORROGA:
Este mecanismo aplica para los créditos de fomento del sector productivo, podrán acceder
a una prórroga de hasta 90 días dentro del plan de amortización trimestral y semestral, para
la cancelación de la cuota, permitiéndole al cliente atender la deuda sin que se vea afectado
su historial crediticio.
CONDICIONES
Los usuarios que deseen acogerse a uno de los mecanismos del Plan de Alivios podrán enviar su
solicitud a los correos [email protected] y [email protected], así mismo podrán comunicarse
a las líneas telefónicas IFC 314 299 8239 / 314 273 9673 y FESCA 321 433 2786 / 321 950 3738.
Deben cumplir con lo siguiente:
1. El crédito deberá estar al día con el IFC.
2. El cliente debe estar en total acuerdo para acogerse a uno de los mecanismos (Salvo los
que quieran continuar NORMALMENTE con el respectivo plan de pagos según los canales
que se encuentran habilitados).
3. Los intereses serán distribuidos en los meses siguientes dentro del plan de pago.
Con éstas medidas el IFC busca mitigar de forma preventiva los efectos sobre los créditos que
puede originar esta situación, que superada la crisis se continua de manera normal el pago de las
obligaciones

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