Frigorífico Regional de Casanare: Gobernación aclara que todavía no existe un proyecto de inversión formal

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La Gobernación de Casanare respondió una extensa solicitud de información sobre el eventual proyecto de construcción de un Frigorífico Regional, dejando como principal conclusión que, a la fecha de la respuesta, no existe un proyecto de inversión departamental formalmente estructurado, radicado, viabilizado o aprobado para construir y poner en funcionamiento dicha infraestructura.

La Administración Departamental precisa que la iniciativa aparece incorporada en el Plan Departamental de Desarrollo 2024-2027, mediante la Meta 196, denominada “Fortalecimiento a la cadena ganadera en el eslabón de beneficio, transformación y comercialización; frigorífico regional”.

Sin embargo, advierte que esta inclusión constituye un lineamiento de política pública y planeación, pero no equivale a la aprobación del proyecto ni representa, por sí misma, una asignación o compromiso de recursos.

El antecedente central es la actualización del Estudio de Prefactibilidad del Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal (PRPBA).

Según la Gobernación, durante noviembre y diciembre de 2025 se realizaron sesiones de la Mesa Departamental del PRPBA y posteriormente se adoptó el Decreto Departamental 0457 del 31 de diciembre de 2025, mediante el cual se reorganizó el plan de racionalización.

Uno de los aspectos más relevantes de la respuesta es la priorización de Nunchía como ubicación para una eventual Planta de Beneficio Animal de escala regional.

El decreto contempla una solución para la Zona Norte que abarcaría municipios como La Salina, Sácama, Hato Corozal, Paz de Ariporo, Pore, Támara, Nunchía, Trinidad, San Luis de Palenque y Orocué. La Gobernación aclara, sin embargo, que esta priorización no significa que exista una decisión definitiva sobre el predio donde será construida la planta.

La Administración señala además que el Municipio de Nunchía adelanta actualmente estudios y diseños para una iniciativa relacionada con la construcción de una Planta de Beneficio Animal.

Según la información suministrada, la consultoría se encuentra contratada y en ejecución. Pero se trata, por ahora, de una actuación municipal que no ha sido radicada como proyecto de inversión departamental ante el Banco de Programas y Proyectos de la Gobernación.

La respuesta también deja sin definir varios aspectos fundamentales: fuentes de financiación, valor de la inversión, modelo jurídico, propietario de la infraestructura, operador, participación privada, cronograma de construcción, mecanismos de supervisión y esquema financiero.

La razón reiterada por la Gobernación es que esos elementos deberán establecerse cuando exista una iniciativa formalmente estructurada y presentada ante el Banco de Programas y Proyectos.

Otro dato de interés es que la Gobernación afirma que no ha suscrito convenios o documentos con otras entidades para la estructuración y formulación de un proyecto de Planta de Beneficio Animal en fase I.

Tampoco existe actualmente un trámite ante el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Agricultura, el Sistema General de Regalías u otras entidades para obtener viabilidad, cofinanciación o aprobación de un proyecto formal.

La documentación suministrada incluye como antecedentes la actualización del Estudio de Prefactibilidad del PRPBA, las actas de la Mesa Departamental y el Decreto 0457 de 2025. La Gobernación también señala como antecedentes el estudio de prefactibilidad elaborado por Fedegán en 2009 y anteriores actos administrativos relacionados con el plan de racionalización.

Así las cosas, el Frigorífico Regional aparece como una iniciativa de planeación y una prioridad sectorial, especialmente con Nunchía como localización prioritaria, pero todavía no constituye una obra pública formalmente estructurada ni cuenta con definición definitiva de financiación, predio, modelo de operación o cronograma de ejecución.

Esa diferencia resulta fundamental para entender el estado real del proyecto.

(VER DOCUMENTO DE RESPUESTA A DERECHO DE PETICIÓN)

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