Frente a la polémica que ha suscitado el proyecto de Acuerdo 002 del 2021 por medio del cual “Se modifica el acuerdo número 26 del 03 de diciembre del 2018 y se ajustan los factores de subsidio para los estratos 1,2 y 3 y los factores de aporte solidario en los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo para el área urbana del municipio de Yopal”, el Alcalde Luis Eduardo Castro citó a una rueda de prensa donde entregó la trazabilidad sobre el incumplimiento de la Administración Municipal en el pago de dichos subsidios, situación que obliga a la radicación del mencionado proyecto de acuerdo ante el Concejo Municipal.
El mandatario local resaltó que no se trata de un capricho personal o de su administración, sino que la iniciativa obedece a la exigencia que recae sobre el gobierno local para la cancelación de los recursos por concepto de estos subsidios. La negligencia de gobiernos anteriores para tomar cartas en el asunto se ve reflejada en la siguiente trazabilidad:
1. El 12 de abril del 2018, la Procuraduría General de la Nación le envía un oficio al Alcalde de la época, Rene Leonado Puentes, para la actuación preventiva sobre el no pago de los recursos por el concepto de subsidios en los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
2. El 17 de agosto de 2018, la Procuraduría General de la Nación envió un oficio al Alcalde de la época, Rene Leonardo Puentes, donde le solicita enviar dentro de los 05 días siguientes al recibido del documento, una serie de documentación teniendo en cuenta el cobro coactivo que adelantó la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (EAAAY) por el no pago de los subsidios. Entre la documentación solicitada se encontraba:
2.1 copia de la respuesta emitida por la Administración Municipal a la EAAAY.
2.2 Copia del acta de fecha 26 de febrero, mediante la cual se llegaba a un acuerdo para el pago de los subsidios pendientes.
2.3 Copia de la contestación a las cuentas de cobro correspondientes a los años 2017 y 2018.
3. El 18 de abril de 2019, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio solicita al entonces Alcalde información sobre el pago de los subsidios a la empresa Veolia S.A E.S.P, donde la cartera nacional ratifica su competencia en el monitoreo al uso y ejecución de los recursos del SGP para el sector de agua potable y saneamiento básico. Por ende, en el documento solicitaba en un periodo de 10 días la información donde se explicara las acciones adelantadas para atender la solicitud del pago de los subsidios.
4. El 31 de julio de 2019 se lleva a cabo en la ciudad de Bogotá una reunión entre la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal y la Alcaldía de Yopal, para empezar a organizar y mirar las posibles soluciones sobre el pago oportuno de los subsidios.
4.1 En dicha reunión se recomendó como solución a corto plazo emitir algunas resoluciones entorno al pago, pero, también se acuerda que se debe realizar un desmonte o reducción en los factores de los subsidios, porque desde el año 2016 se estaba acumulando las deudas por dicho concepto y no existían los recursos para el pago oportuno.
5. El 23 agosto de 2019, La Superintendencia de Servicios Públicos oficia al Alcalde Rene Leonardo Puentes sobre la visita de inspección y vigilancia a la EAAAY para la verificación del acuerdo de gestión y allí se reveló la preocupación por la falta de pago de los subsidios adeudados por la Alcaldía cuyo monto ascendía a $2.908’749.428.
5.1 La Superservicios alerta que el no pago de estos subsidios puede generar afectaciones financieras a la empresa prestadora y por ende la eficiente prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
6. El 12 de septiembre de 2019, la Alcaldía de Yopal envía un oficio a la Superintendencia de Servicios Públicos, donde responde a la alerta emitida, argumentando:
6.1 El pago de la resolución 398 del 20 de agosto de 2019 donde se cancela un monto de $933’338.168, como pago parcial a las cuentas de cobro radicadas por concepto de subsidios.
6.2 Trámite ante el Concejo Municipal para la adición de recursos provenientes de Ingresos Corrientes de Libre Destinación para el pago de los subsidios.
6.3 Solicitud de apoyo financiero a la Gobernación de Casanare, iniciativa que fue rechazada por la Administración Departamental argumentando la inexistencia de recursos financieros para atender la solicitud.
6.4 Trámites técnicos, administrativos y financieros para la estructuración del proyecto de acuerdo que permita ajustar los porcentajes vigentes de los factores de subsidios.
7. El 31 de octubre de 2019, la Alcaldía de Yopal notifica al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, que ya se había estructurado el proyecto de acuerdo que permite ajustar los porcentajes vigentes de los factores de subsidios y los factores de aporte solidario en los servicios públicos, igualmente avisó que se solicitó al Concejo Municipal realizar una mesa de trabajo que permita informar claramente la situación referente a los recursos existentes y socializar las diferentes alternativas que plantea el municipio respecto a estos porcentajes.
8. El 06 de noviembre de 2019, el entonces Presidente del Concejo Municipal oficia a la Alcaldía de Yopal para invitar a la realización de una mesa de trabajo donde se de claridad a la situación referente a los recursos existentes y socializar las diferentes alternativas que plantea el municipio respecto a estos porcentajes.
Cabe destacar que a pesar de los documentos radicados entre la Alcaldía de Yopal y el Concejo Municipal para realizar mesa de trabajo sobre la deuda y pago de los recursos por concepto de los subsidios en los servicios públicos, la Administración Municipal para ese entonces NO radicó el mencionado proyecto de acuerdo que buscaba ajustar los porcentajes vigentes de los factores de subsidios.
La Administración Municipal ‘Yopal Ciudad Segura, Gobierno con Autoridad’ se permite aclarar a la opinión pública que el proyecto de acuerdo 002 de 2021, que actualmente se debate en el Concejo NO tiene como objetivo el desmonte del pago de los subsidios por servicios públicos, sino que se regulará los porcentajes que se tienen asignados para los estratos 1,2 y 3, cumpliendo de esta manera con el deber legal en el pago de los recursos y paralelamente aportando a la sostenibilidad financiera de la EAAAY, como parte del compromiso adquirido ante la Superservicios para evitar una nueva intervención.