El Alcalde de Yopal, Luis Eduardo Castro, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por los artículos 2, 49, 314 y 315 de la Constitución Política, a través del decreto 303, imparte normas para la conservación del orden público ciudadano en el municipio de Yopal y se establece que:
1. Toque de queda a partir del día 22 de diciembre hasta el 16 de enero, en el horario comprendido entre las 23:59 horas y las 5:00 horas del día siguiente.
2. Queda prohibida la circulación de motocicletas en la franja horaria entre las 22: 00 horas y las 05:00 horas del día siguiente, los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2020; y los días 1, 6 y 7 de enero de 2021.
3. Quedan exceptuadas del toque de queda las personas que estén en ejercicio de las siguientes actividades: asistencia y prestación de servicios de salud; distribución de medicamentos y productos farmacéuticos; servicios de emergencia médicas y veterinarias; organismos de seguridad y socorro; servicios funerarios; operación – mantenimiento – almacenamiento – abastecimiento de la prestación de servicios públicos de internet y telefonía; distribución y comercialización de combustibles; servicios de vigilancia y seguridad privada
4. La fuerza pública hará cumplir lo dispuesto en el presente decreto, para lo cual deberán realizar operativos de rigor en todo el municipio de Yopal.
5. La Administración Municipal le reitera a la comunidad el acatamiento de las normas para evitar multas. De igual modo, se hace un llamado al uso e implementación de los protocolos de bioseguridad, para controlar la propagación del Covid-19.