La alcaldía de Yopal anunció el inicio de los trámites y obligación del procedimiento de exhumación de los restos humanos de sus seres queridos, que se encuentran en el Parque Cementerio del municipio habiendo cumplido el tiempo de permanencia.
Según la Administración Municipal para menores de 7 años se aplicará tres años a partir del registro de inhumación mientras que para mayores de siete años será de cuatro años bajo las mismas condiciones teniendo en cuenta el registro de inhumación o entierro.
La Alcaldía de Yopal advirtió que de no acatarse la medida se procederá a trasladarlos a una urna o fosa común establecido en el artículo 20 de la resolución 5194 de 2010. Así mismo se precisó que las funerarias autorizadas para este procedimiento de exhumación son Jardines de Paz, Exhumaciones E.C.F., Exhumaciones La Resurrección, Manto Sagrado, Funeraria Los Olivos, Capillas de la Fe Coorserpark, Traslados y Exhumaciones San Gabriel y Velaciones Santa Cruz del Llano.
También se estableció el correo [email protected].
Certificado de Defunción
• Licencia de Exhumación (Secretaría de Salud)
• Fotocopia de la cédula de quien autoriza la exhumación con los datos: Dirección y teléfono.
• Copia y original de la consignación de derechos de exhumación por valor de OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($81.200), los cuales deben ser consignados en la cuenta de ahorros No. 85503099-5 del Banco de Bogotá.
Finalmente, en caso de que los restos óseos sean inhumados, es decir sepultados a perpetuidad en el Parque Cementerio de Yopal, la venta del osario tiene un costo de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450.000), o de lo contrario deberá anexar copia de la compra del osario en el lugar de su preferencia