Un duro pronunciamiento en el cual también notifica de una sanción al Gobernador de Casanare y al Gerente de ACUATODOS por el incorrecto funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) de Monterrey, emitió el Juzgado 1o Administrativo de Yopal.
Dicho despacho absolvió de responsabilidades al Alcalde de Monterrey, al Gerente de las Empresas Públicas de la localidad y al Secretario de Infraestructura Departamental, Oscar Eduardo García.
La siguientes es la decisión del JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO.
PRIMERO: Absolver de cualquier responsabilidad por desacato al alcalde del municipio de Monterrey, Carlos Iván Díaz Solano, Gerente de Empresas Públicas de Monterrey Jhon Jairo Talero Roa y Óscar Eduardo García, Secretario de Infraestructura del Departamento de Casanare.
SEGUNDO: Declarar que el gobernador del departamento de Casanare Salomón Andrés Sanabria Chacón y el gerente de la empresa Departamental de Servicios Públicos de Casanare -Acuatodos S.A. E.S.P. Oved Quiroga Flórez, incumplieron, a título de culpa grave, sus obligaciones derivadas en la sentencia de 13 de mayo de 2008, en la diligencia de inspección judicial
realizada el 18 de febrero de 2022 y el auto de 26 de mayo de 2022, así como las demás órdenes que se han impartido con posterioridad, conforme a lo expuesto en la parte motiva.
SEGUNDO: En consecuencia, sancionar a Salomón Andrés Sanabria Chacón, con multa equivalente a DIEZ (10) SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES y a Oved Quiroga Flórez con multa equivalente a QUINCE (15) SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES a la fecha de ejecutoria de esta decisión, las cuales deberán pagar de su propio peculio, a órdenes del Fondo para la Defensa de los Derechos Intereses Colectivos,
En algunos de sus apartes considerativos, el Juzgado afirmó que:
«En definitiva, los argumentos planteados en la defensa del señor
gobernador del departamento de Casanare y el Gerente de la empresa
Departamental de Servicios Públicos de Casanare – Acuatodos S.A. E.S.P., son
excusas y situaciones no ajustadas a la realidad, siendo ello, razón suficiente
para disciplinarlos.
«En conclusión, se encuentran responsables al gobernador del
departamento de Casanare Salomón Andrés Sanabria Chacón y al gerente
de la empresa Departamental de Servicios Públicos de Casanare -Acuatodos
S.A. E.S.P. Oved Quiroga Flórez -, responsabilidad que brota en sus aspectos
objetivo y subjetivo, pues las gestiones tendientes a acatar las obligaciones
contenidas en la sentencia de 13 de mayo de 2008, en la diligencia de
inspección judicial realizada el 18 de febrero de 2022 y el auto de 26 de mayo
de 2022, no han sido suficientes ni consecuentes para garantizar las medidas
necesarias para la protección de los derechos colectivos relacionados con el
goce a un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico en el caño
Leche Miel, el goce y la utilización de los bienes de uso público y, la seguridad
y salubridad públicas que les asiste a los habitantes del municipio de Monterrey;
aún más, teniéndose que desde el 20 de mayo de la presente anualidad y a
la fecha han permitido el vertimiento de las aguas residuales del municipio al
caño Leche Miel de forma directa, sin ningún tipo de tratamiento, toda vez
que la PTAR fue apagada, y por ende, ha continuado la vulneración sin la más
mínima consideración».
La obra, con más de 8 años de ejecución, no garantiza aún la correcta disposición de aguas residuales en dicha localidad y fue contratada por gobiernos anteriores.